ANTECEDENTES:
1. Ecotrackers N es una Fundación registrada y reconocida por el Ministerio de Turismo desde el año 2000.
3., Las actividades de la fundación desde su fundación fueron enseñar español a extranjero, la promoción del turismo ecológico, del turismo cultural, y del turismo inteligente, esto de estudiantes, que residen en, en él en el Ecuador, o ecuatorianos que quieren viajar a estudiar en otros países, o que quieren usar las visas Works and Holiday, especialmente a Australia para hacer trabajos temporales por un año. Viajan, también ecotrackers ha promocionado el turismo de nómadas digitales, esto es trabajadores que quieren vivir en Ecuador, y trabajar por internet, o el turismo de jubilados que quieren vivir en el país, incluso de exploradores que quieren visitar el país.
3. En el año 2025. El gobierno del Presidente Daniel Noboa, ha eliminado el Ministerio de Turismo, con lo cual la vida de las fundaciones que fueron registradas ante el desaparecido ministerio, también legalmente desaparecieron, para continuar su vida legal tienen que registrarse en el Ministerio de Comercio Exterior, pues el ministerio de Turismo se ha convertido en Subsecretaría del Ministerio de COMERCIO EXTERIOR.
4. Este registro ante el Ministerio de COMERCIO EXTERIOR, le permite a la Fundación ampliar sus objetivos,
5 Ante esta posibilidad la fundación quiere ampliar sus objetivos y a más de las actividades de promoción turística, enseñanza de español a extranjeros, a ecuatorianos y extranjeros a hacer turismo en áreas protegidas y patrimoniales, y a desarrollar el ecoturismo comunitario, él el turismo de salud, el turismo histórico cultual, y el turismo inteligente, está interesado en desarrollar las exportaciones de artesanías, arte, productos orgánicos especialmente producidos por comunidades rurales, artistas y artesanos del país
6. El Ecuador ha aumentado sus áreas protegidas y patrimoniales y ahora tiene más de 260 km²
7. La Fundación Internacional Ecotrackers coincide con el gobierno en que es hora de convertir a las áreas protegidas y patrimoniales del país en que se las debe hacer autosustentables y esto es mediante el turismo y la investigación científica que se pueda hacer en ellas.
CAPÍTULO I
ART. 1.- CONSTITUCIÓN. -
Teniendo como marco legal la Constitución Política del Estado, el presente estatuto, y el Reglamento Interno , se constituye la Fundación Internacional Ecotrackers Network, que se registra en el Ministerio de Comercio Exterior del Ecuador
ART. 2.- DOMICILIO. -
El domicilio principal de la Fundación, es la ciudad de Quito, Provincia de Pichincha, en la Av. Amazonas N21-217 y Roca, segundo piso, pudiendo establecer sub sedes y filiales en cualquier lugar del país y del mundo.
ART. 3.- NATURALEZA. -
La Fundación se constituye como una persona jurídica, de derecho privado, sin fines de lucro, regulada por las disposiciones del título XXIX del Libro Primero del Código Civil.
ART.- 4.- DURACIÓN. -
La Fundación se constituye por tiempo indefinido, podrá disolverse por voluntad de sus miembros, o por causas legales.
ART. 5.- PROHIBICIONES. -
5.1.- A la Fundación le está prohibido participar actividades o agrupaciones de carácter religioso, y partidista.
5.2.- Le está prohibido propiciar, motivar, intervenir o motivar en actividades bélicas o que usen la violencia.
5.3.- Le está prohibido apoyar conductas individuales y grupales que perjudiquen a las personas en su salud, educación y derechos.
5.3.- Queda expresamente prohibido incursionar en el ejercicio de actividades turísticas tradicionales lucrativas, pero, puede inventar nuevas formas de financiamiento, de iniciativas turísticas, educativas, de salud, yCAPÍTULO II
6.18 Enseñar ecuatorianos y extranjeros a producir contenidos de internetde protección ambiental, que sean novedosas, y que por ser nuevas o experimentales puedan significar riesgo económico por su carácter innovador.
EL OBJETIVO FUNDAMENTAL, desarrollar y promocionar el turismo ecológico, el turismo ecológico, el turismo de salud y el turismo inteligente dentro y fuera del país en especial en áreas comunidades rurales y en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador.
ART. 6.- OBJETIVOS SECUNDARIOS.
6.1. Desrrolloar y promocionar turismo ecológico, del turismo histórico cultural, de turismo de salud, del turismo de jubilados, del turismo inteligente, sobre todo en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
6.2 La, enseñanza de español a extranjeros
6.3. Promocionar y venta de paquetes turísticos sobre todo en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
6.4. Crear centros de información y promoción turística dentro y fuera del país,
6.5. Crear centros de información turística y comercial del Ecuador en el extranjero.
6.6. Crear contenidos de internet para informar y promocionar sobre todo las áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
6.7. Informar diariamente por internet sobre actividades turísticas y de comercio exterior que realiza el Ecuador.
6.8. Analizar, informar y alertar sobre factores que pueden alterar o cambiar el uso de las áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador.
6.9. Organizar eventos, campañas publicitarias, dentro y fuera del país y de promoción del turismo ecológico, el turismo comunitario, el turismo histórico cultural, el turismo de salud, el turismo responsable, sobre todo en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
6.10 En español dentro y fura del país vía online para atraer el turismo inteligente a Ecuador.
6.11. Atraer a ecuatorianos extranjeros, a ecuatorianos y extranjeros a hacer turismo en áreas protegidas y patrimoniales del país, y ayudar a desarrollar el ecoturismo comunitario, él el turismo de salud, el turismo histórico cultual, y el turismo inteligente, sobre todo en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
6.12. Desarrollar las exportaciones de artesanías, arte, productos orgánicos especialmente producidos por comunidades rurales, artistas y artesanos, sobre todo en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
6.13 Promocionar y desarrollar el arte y las artesanías, la elaboración y producción de productos ecológicos, sobre todo en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
6.14 Promocionar y desarrollar el uso energía ecológica renovable sobre todo en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
.
6.15, Promocionar, desarrollar las exportaciones de artesanías, arte, productos orgánicos, plantas medicinales, aceites escenciales, especialmente producidos por comunidades rurales obre todo en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
6.14 Promocionar el Turismo a Ecuador y la venta de su arte, artesanías y productos ecológicos en Australia y Europa.
6.15 Atraer inversionistas en la producción de energía renovable sobre todo en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
6.16. Enseñar de inglés on line a estudiantes ecuatorianos que se acojan a la visa, a ecuatorianos visas workas and holidar a Australia o a Estudios en países anglosajones o países nórdicos.
6.17 Enseñara a extranjeros de forma presencial y virtual como a hacer turismo sobre todo en áreas protegidas y patrimoniales del Ecuador
CAPITULO III
DE LOS SOCIOS DE LA FUNDACIÓN.
ART. 7.- ART. 7.- Los socios activos son los miembros de la Familia Moreno-Maldonado, nacidos del matrimonio o unión libre y del matrimonio o unión libre nacidos del vientre de sus descendientes o adoptados por ellas, se excluyen los hijos de sus maridos, o amantes que los hubiesen tenido fuera del matriminio o unión libre.
ART.8.- DERECHOS DE LOS SOCIOS ACTIVOS:
8.1.- Es derecho de los socios activos elegir y ser elegido para el desempeño de puestos de dirección en la Fundación o ejercer representaciones dentro de la misma.
8.2.- Participar en actividades de la Fundación.
8.3.- Los demás que le otorgue la Asamblea y el presente Estatuto.
9.4.- Los socios activos al igual que los que se desempeñan en la directiva no cobran salario
ART 9.- DEBERES DE LOS SOCIOS: (se modifica)
9.1.- Cumplir con todas las obligaciones del presente estatuto.
9.2.- Participar con su opinión en la Asamblea General y en las asambleas extraordinarias convocadas legalmente con su presencia o por internet.
9.3.- Los socios activos tienen la obligación de expresar su opinión y votar en las decisiones de las Asambleas.
9.4.- Cumplir con las resoluciones de la Asamblea y el Concejo Directivo.
9.5.- Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones estatutarias y reglamentarias.
ART 10.- PERDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIOS: (se modifica)
10.1.- Por ausencia en las Asambleas y reuniones convocadas que no hayan sido debidamente justificadas y por las siguientes acciones juzgadas en asamblea general.
10.2.- Por incumplimiento.
10.3.- Falta de honradez.
10.4.- Conducta desleal.
10.5.- Conductas reñidas con las leyes del país.
10.6.- Falta de contribución con trabajo, presencia, o dinero.
10.7.- Perjuicio a la Fundación.
10.8.- Perjuicio a las comunidades o personas que trabajan con la Fundación.
10.9.- Mal uso de los recursos de la Fundación o de las comunidades, personas naturales y jurídicas que colaboran con la Fundación.
10.10.- Expulsión.
10. 11.- Muerte.
10. 12.- Renuncia escrita ante el presidente.
10. 13.- Solo la Asamblea y el voto de los socios activos puede determinar la pérdida de calidad de socios.
CAPÍTULO IV
DE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS:
ART, 12. 1 La Asamblea General que solo puede estar integrada por las hijas y los nietros del Dr. Maximiliano Moreno y de su esposa, la Dra. Veronica Madonado, se excluyen sus maridos, etc.
12.2 El directorio, que lo integran el presidente, el secretario y el administrador.
ART 12- La Fundación está gobernada por la Asamblea General y el Directorio.
ART. 13.- La Asamblea General es el organismo máximo de la Fundación, y está constituida por sus miembros activos.
ART.14.- La Asamblea General será ordinaria y extraordinaria.
14.1.- La Asamblea General ordinaria se reunirá una vez cada dos años en forma presencial o vía internet.14.214.2.- La Asamblea General Extraordinaria se reunirá por convocatoria del Directorio o a petición del 51% de los miembros activos que pueden participar en forma presencial o por internet y con los miembros que establecieren contacto una hora después de la hora convenida para el inicio.
ART.15.- La convocatoria será con una semana de anticipación.
ART.16.- FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL (no cambian)
16.1.-Reformar y aprobar los presentes estatutos.
16.2.-Conocer los informes anuales del presidente y demás miembros del directorio.
16.3.-Crear el Directorio, nombrando el presidente, el vicepresidente el tesorero y el secretario.
16.4.- Crear comisiones especiales.
16.5.- Aprobar el presupuesto anual.
16.6.- Reconocer a los miembros honorarios.
16.7.- Los miembros del directorio durarán en sus funciones 5 años. (cambia)
17.8.- Los miembros del directorio pueden vivir dentro o fuera del Ecuador.
ART.18.- DEL DIRECTORIO
18.1.- CONFORMACIÓN DEL DIRECTORIO. -El directorio se encuentra conformados por el presidente, el vicepresidente, el secretario y tesorero y vocal principal. (cambia)
18.2.- SESIONES DEL DIRECTORIO. - El directorio sesionará una vez cada semestre vía presencial o por internet y las decisiones se adoptarán por mayoría simple.
ART.19.- FUNCIONES DEL DIRECTORIO. -
19.1.- Identificar y definir las políticas de la Fundación.
19.2.- Designar representantes y directores de proyectos. (cambia)
19.3.- Conocer y aprobar los proyectos e iniciativas. (cambia)
19.4.- Contribuir a la coordinación interinstitucional
19.5.- Conocer recomendar los convenios y acuerdos que firme la directiva (cambia)
19.6.- Proponer las prioridades y campos de actividades. (cambia)
19.7.- Aprobar la creación de subredes de la Fundación.
19.8.- Apoyar la designación de comisiones o grupos de trabajo.
19.9.- Convocar a sesiones y asambleas. (cambia)
19.10.- Las demás que le asigne el presente estatuto y su reglamento interno.
ART.20.- DEL PRESIDENTE. - Es un miembro activo electo por de la Fundación.
20.1.-Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y el Reglamento Interno de la Fundación.
20.2.-Dirigir la marcha de la Fundación.
20.3,-Elaborar el plan anual de trabajo y el informe anual de actividades para someterlos a consideración del directorio.
20.4.-Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea General.
20.5.-Informar a la Asamblea de todas las actividades que se realicen.
20.6.-Proponer planes e iniciativas continuamente.
20.7.-Mantener y dirigir la dinámica y el entusiasmo de la Fundación.
20.8.-Las demás que le asignen el presente estatuto y su reglamento
1.1 ART. 21.- DEL VICEPRESIDENTE Es un miembro activo electo por la Asamblea.
21.1.- Reemplazar al presidente en sus funciones por razones de ausencia o renuncia.
27.2.- Desarrollar los sistemas de comunicación e información de la fundación.
27.3.- Supervisar los proyectos que se hagan. (cambia).
ART.21.- EL ADMINISTRADOR Es un miembro activo de la fundación electo por la Asamblea
21.1.- Presentar los balances económicos periódicos cada año. (cambia)
21.2.- Gestionar recursos necesarios. (cambia)
21.3.- Proponer normas para el uso y gasto de los recursos disponibles. (cambia)
21.4.- Contratar personal operativo. (cambia)
21.5.- Resolver los detalles y procesos operativos de los proyectos.
21.6.- Y demás que le confiera estos estatutos.
ART.22.- DEL SECRETARIO es un miembro activo de la Fundación electo por la Asamblea.
22.1.- Las funciones del secretario son: Llevar las actas de la Asamblea general y del directorio.
22.2.- Llevar la correspondencia de la Fundación.
22.3.- Elaborar con el directorio el orden del día de las sesiones y asambleas
22.4.- Formar y llevar el archivo de la información
22.5.- Firmar las actas de las Asambleas y sesiones del directorio. (se añade)
22.6.- Facilitar y mantener fluida la comunicación entre los miembros de la Fundación
ART.23. - VOCAL PRINCIPAL. - es un miembro activo nombrado por el directorio. (cambia)
23.1.- El vocal principal tiene como función supervisar a los animadores de cada iniciativa de la Fundación y controlar el desempeño de los órganos de gestión técnica y reemplaza al administrador o la secretaria cuando estos faltaren
23.2.- El vocal principal es el representante de los miembros fundadores en su ausencia.
ART.24.- EL ÓRGANO DE GESTIÓN TÉCNICA
24.1.-Los órganos de gestión técnica de la Fundación se crearán de acuerdo con sus necesidades de funcionamiento. La estructura de funcionamiento se formará en el reglamento interno de la Fundación.
CAPÍTULO V
ART.25. -DE LOS BIENES Y PATRIMONIO DE LA FUNDACIÓN (cambia)
ART 25,1 Los bienes que son parte de la herencia que le corresponde recibir del Dr, Luis Moreno Cordero y de Madre la Sra Gloria Hidalgo
ART. 25.2.- Las 40 hectareas de la que fuera la popiedad comprada al Sr. Betancouren la comunidade de El atenas, Parroquia Tandapi, entro de la Hacinda Atenas, que fue comprada por los hermanos Santiago Monreal y Maximiliano Moreno y que se debera destinar a la producción de la planata medicinal llamada guaviduca que la fundacion Ecotrackers la fundacion Ecotrackers deberá procesarla para convertirla en sobres de plantas medicinales, y en aceite escencial para la exportación.
ART. 25.3.- Las 40 hectáreas que le corresponde de la propiedad del Sr Ribera comprada comparada por los hermanos Luis Rafael Moreno Hidalgo, Maximiliano Moreno Hidalgo y Santiago Morreal Moreno ubicada en la Comunidad de El Atenas, Parroquia Tandapi y que deberà destomarse ala siembra de arboles medicinales y maderables.
ART. 25.4.- Por los ingresos que obtuviere por sus iniciativas, la produccion de contenidos de internet, la renta de los bienes que corresponden a la herencia de los padres del Dr. Maximiliano Mremo es decir de sus padres el Dr. Luis Moreno y la Sra Gloria Hidalgo especial los que están en la casa de la Amazonas, el depatamento 301 del Edificio Cadiz en Quito, el Departamento 401 del Edificio de la Mutualista Vargas Torres en Esmeraldas.
ART. 25.5.- Por las asignaciones que recibiere del Estado y de otras personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
ART. 25.6.- La fundación podrá aceptar, donaciones, herencias legadas, contribuciones, etc. ,
CAPÍTULO VII
26.1 DEL TRABAJO VOLUNTARIO, ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
26.1 La Fundación promueve y facilita el trabajo voluntario, los estudios e investigacines dentro y fuera del pais
CAPÍTULO VIII
27. DE LAS APORTACIONES
27.1 La fundación podrá beneficiarse de donaciones, las mismas que al ser recibidas pueden ser descontadas de los impuestos de los donantes.
27.2 Del aporte en trabajo.
27.3 De los impuestos que generen las actividades que realiza.
27.5 De los beneficios que generen sus actividades y que deberán ser reinvertidas y utilizados para cumplir con sus objetivos. No puede generar actividades que generen lucro personal para ninguno de sus miembros.
DISPOSICIONES GENERALES
ART.27. De las sesiones de los órganos directivos dejarán constancia de actas que sean autentificadas por el presidente del directorio, o el secretario, en actas se dejará constancia exclusivamente de las resoluciones tomadas y del número de votos.
ART. 28. Todas las reformas serán aprobadas por los votos favorables de la mitad más uno de los miembros (cambia).
CAPITULO VIII
DISPOSICIONES GENERALES
ART.29. De las sesiones de los órganos directivos dejarán constancia de actas que sean autentificadas por el presidente del directorio, o el secretario, en actas se dejará constancia exclusivamente de las resoluciones tomadas y del número de votos
ART. 29. Todas las reformas serán aprobadas por los votos favorables de la mitad más uno de los miembros (cambia).
CAPITULO VIII
ART. 29.- DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
29.1.- La fundación no podra liquidarse por ninguna razón, ni sus bienes inmuebles, podrán pasar a otra fundacion o ser embargados o adjudicados por estado. pues ellos no constityuen ni pueden ser garantía en ningun caso, y sólo podran venderse los bienes muebles.
29.2 En caso que las hijas del Dr. Maximiliano Moreno y de la Dra Verónica, mueran, deberan elegir entre ellas o sus descendientes, la directiva, sean estos hijos naturales o no.
29.3 En el caso de que ninguno de los descendientes del Dr. Maximiliano Moreno no quieran dirigir la fundación,
29.4 En la directva del Ecotrackers el Dr. Maximiliano Moreno y a su mueste o demencia senil el voto dirimente lo tendran su esposa Veronica Maldonado, o viceversa, que en caso de tener cordura o fallecer primero uno de ellos.
DISPOSICIONES GENERALES
ART.30 . De las sesiones de los órganos directivos dejarán constancia de actas que sean autentificadas por el presidente del directorio, o el secretario, en actas se dejará constancia exclusivamente de las resoluciones tomadas y del número de votos.
ART. 36. Todas las reformas serán aprobadas por los votos favorables de la mitad más uno de los miembros (cambia).